Tamaulipas emite protocolo para manejo de muertos por virus

Con sanciones para quienes incumplan medidas, en la edición vespertina de este viernes del Periódico Oficial de Tamaulipas, la Secretaría de Salud en el estado dio a conocer los lineamientos para el manejo, transporte y disposición de cadáveres de personas fallecidas por coronavirus.

En 23 artículos y dos transitorios se destaca que estas medidas se deberán de aplicar los trabajadores sanitarios, cementerios, crematorios, funerarias y anfiteatros.

Se aclara que el personal de salud que atienda y entregue el cadáver a la unidad hospitalaria deberá informar y capacitar al personal que intervenga sobre las medidas de protección, incluido el uso de protección personal como es el delantal de manga larga, guantes de nitrilo y protección facial por el riesgo de salpicaduras de líquidos corporales del cadáver o secreciones en el cuerpo o la cara del personal.

Se deberán retirar tubos, drenajes y catéteres del cadáver desinfectado con hipoclorito de sodio al 100 por ciento y vestirse con material impermeable.

El cadáver deberá envolverse en una sábana completamente desinfectada e introducirse en una bolsa sanitaria con cierre hermético y plastificada todo ello en la habitación de aislamiento para luego rociar con hipoclorito y se deberá colocar una ficha con foto y datos personales.

La empresa funeraria será responsable de la adecuada clasificación y manejo de los residuos, los cuales serán clasificados como residuos peligrosos biológicos infecciosos.

No se podrá realizar el embalsamamiento de los cadáveres, no habrá autopsia, salvo indicaciones clínicas estrictamente fundamentadas o por orden de la autoridad competente.

Después de trasferencia del cuerpo el vehículo deberá ser descontaminado con hipoclorito.

La bolsa sanitaria se deberá meter al féretro tal cual y el destino final será la inmediata incineración.

No se permitirá contacto con el cadáver y deberá estar en un féretro sellado, la cremación deberá ser a las 12 horas siguientes del deceso y no podrá haber concentraciones donde se realice la cremación con lo que queda prohibida las ceremonias luctuosas.

Quienes no cumplan con estas disposiciones, serán acreedores a las sanciones correspondientes.

Los sectores públicos, social y privado que cuenten con infraestructura para cremación deberán observar lo dispuesto en la Ley General de Salud y coadyuvar con las autoridades estatales con los recursos disponibles, sin derecho a contraprestación alguna. Se autoriza a la Secretaría de Salud para que vea que el sector público, social y privado cumplan con estas disposiciones.

Todo esto se describe en el documento denominado Lineamientos para el Manejo, Transporte y Disposición de Cadáveres de Personas Fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-COV2 (covid-19).

Agencias