Suspender pagos dentro de la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puede dejar sin pensión a la familia del asegurado si este fallece fuera del periodo de conservación de derechos. Este lapso, calculado como una cuarta parte de las semanas cotizadas, es una medida de protección limitada: al vencer, se extingue el derecho a pensión por viudez, orfandad o ascendencia, sin importar los años acumulados de aportación. Ante este escenario, para quienes están próximos a la jubilación, comprender cómo funciona esta ventana de tiempo es clave para garantizar el respaldo económico de los suyos.
En este contexto, la Modalidad 40, también conocida como Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, permite al trabajador seguir cotizando de forma independiente tras dejar un empleo formal. Esto le permite elevar su salario base y, con ello, aumentar el monto de su pensión. Pero además de beneficiar directamente al titular, esta opción protege a sus familiares en caso de fallecimiento, al mantener vigente su afiliación ante el IMSS, una condición indispensable dentro del sistema de seguridad social mexicano.
No obstante, uno de los errores más comunes ocurre cuando el asegurado interrumpe los pagos con la intención de reintegrarse posteriormente con un salario más alto. Esta práctica, aunque orientada a mejorar la pensión personal, compromete la posibilidad de que sus beneficiarios accedan a la pensión por fallecimiento si el deceso se produce fuera del periodo de conservación. Por esa razón, expertos en seguridad social recomiendan evitar estos vacíos, sobre todo en personas que ya se encuentran en la tercera edad, cuando las probabilidades de imprevistos aumentan.
Además, otro aspecto crítico es la actualización de beneficiarios ante el IMSS. Registrar a la pareja actual, a los hijos o a los padres —según corresponda— y presentar la documentación requerida evita conflictos legales y demoras. En muchas ocasiones, familias quedan sin acceso a la pensión debido a datos obsoletos o falta de comprobantes escolares, especialmente en hijos que aún estudian y tienen derecho a pensión hasta los 25 años.
De igual forma, también es importante verificar que se cumpla con el mínimo de 500 semanas cotizadas en el caso de quienes están bajo la Ley 73. Aunque la mayoría de quienes optan por la Modalidad 40 supera esta cifra, conviene confirmarlo para evitar contratiempos.
Este punto cobra especial relevancia para adultos en tercera edad, que cuentan con menos margen de tiempo para completar semanas faltantes antes de su jubilación.
Con base en lo anterior, para garantizar que la Modalidad 40 cumpla su función protectora, se sugieren tres medidas concretas: mantener los pagos sin interrupciones, actualizar beneficiarios con documentos oficiales e informar a la familia sobre el estatus del asegurado, incluyendo número de afiliación al IMSS, comprobantes de pago y otros datos relevantes. Esta previsión permite que, ante un fallecimiento, los trámites se realicen sin demoras ni obstáculos legales.
La Modalidad 40 puede ser un escudo financiero eficaz para la familia del asegurado, pero solo si se administra con responsabilidad y conocimiento. Al acercarse la etapa de jubilación, y en especial durante la tercera edad, es indispensable llevar un control puntual de vigencias, semanas cotizadas y documentos actualizados para que los beneficios de la seguridad social se conviertan en un verdadero legado familiar.
Agencias