Se cumplió protocolo con los 3 ligados a ‘granadazos’: PGR

31/12/2015 – México – La Procuraduría General de la República (PGR) sentó precedente al conseguir la orden de reaprehensión contra tres personas acusadas de lanzar granadas durante la celebración del Grito de Independencia de 2008 en el zócalo de Morelia.

En entrevista con MILENIO, el director general adjunto de Procesos y Amparos de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), Francisco Trejo Antonio, puntualizó que los criminales no podrán ser liberados por supuestas violaciones al debido proceso o tortura.

Explicó que el fallo del juez sexto de distrito de procesos penales federales en Jalisco para reaprehender a los tres implicados se derivó de la aplicación del Protocolo de Estambul, pues no se acreditaron daños físicos ni psicológicos contra los delincuentes.

—¿Fue un error la liberación de estas personas?

—Fue una interpretación jurídica que, por fortuna, en esta resolución determina que esta forma de actuar de la delincuencia organizada (ampararse bajo los argumentos de violación al debido proceso y tortura) no les está funcionando, que se está aplicando la legalidad y que en definitiva el Protocolo de Estambul es una prueba integral y no solo se sustenta en opiniones periciales en materia de medicina y psicología, es mucho más integral —detalló.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, el Protocolo de Estambul es una guía que contiene las líneas básicas con estándares internacionales en derechos humanos para la valoración médica y psicológica de una persona que se presuma o haya sido víctima de tortura o algún mal trato.

Su aplicación requiere reconocer el contexto en el que se dan los hechos, es decir, realizar una investigación psicosocial, puesto que cada caso es diferente.

Trejo Antonio afirmó que la interpretación que hizo el juez federal que ordenó la libertad de Julio César Mondragón Mendoza, César o Tierra Caliente; Juan Carlos Castro Galeana, El Grande, y Alfredo Rosas Elicea, El Socio, «no fue exhaustiva», sino «muy ligera».

«Desde la Seido se estableció un análisis pericial específico en materia de medicina y de psicología, donde se determinó que no se había aplicado de manera integral el Protocolo de Estambul.

«Estos elementos se hicieron del conocimiento al segundo tribunal unitario del tercer circuito y, afortunadamente, obtuvimos una resolución favorable. De esa manera se obtuvo la reaprehensión y la reposición del procedimiento», puntualizó.

Mencionó que las pruebas presentadas por el MP establecieron que las autoridades policiacas y ministeriales actuaron de conformidad con sus atribuciones y con estricto apego a los artículos 21 y 102 A de la Constitución.

El fiscal recordó que para apoyar en la recaptura de los tres implicados se puede aportar datos en el correo electrónico denunciapgr@pgr.gob.mx y en los teléfonos (55) 53-46-15-44(55) 53-46-15-44 y (55) 53-46-00-00(55) 53-46-00-00, extensión 4748, en el DF y 01-800-831-31-96 desde cualquier parte del país.

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