Tras una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se determinó que ninguna escuela de educación básica pública o privada podrá reprobar automáticamente a sus alumnos por no aprobar sus materias o por asistencia en México.
De acuerdo con la SCJN, esta medida tiene como propósito garantizar el derecho a la educación a todos los alumnos del país y se prioriza el derecho a la igualdad.
El fallo fue emitido tras un amparo promovido por el Colegio El Roble, quienes buscaban mantener la facultad de reprobar a sus alumnos por inasistencias y no acreditar materias.
No obstante, la SCJN respaldó el Acuerdo 10/09/23, emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que elimina el 80 por ciento de asistencia como requisito para aprobar y establece una serie de mecanismos para alumnos irregulares.
Asimismo, establece que en preescolar y el primer grado de primaria no podrán reprobar bajo ninguna circunstancia y recibirán la promoción de nivel en automático.
En el caso de alumnos de secundaria, el sistema se flexibiliza para aquellos que presenten bajas calificaciones, pues en vez de reprobar en automático, se ofrecerán asesorías y opciones de regularización.
Agencias