Segob pide a ministros religiosos no intervenir en elecciones

La Secretaría de Gobernación (Segob) exhortó a los ministros de culto a respetar las leyes electorales y no realizar proselitismo político en favor de algún candidato o partido.

La dependencia que encabeza Olga Sánchez Cordero pidió a los actores religiosos ser cuidadosos durante este proceso electoral y recordó que el 6 de junio se llevará a cabo la elección más grande en la historia de México en la que se renovará la Cámara de Diputados y diversos cargos en los 32 estados del país, entre ellos gobernadores, legisladores locales, presidentes municipales y alcaldes.

Refirió que la Segob es la encargada de la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo con los actores religiosos en el país, previsto en el artículo 130 de la Constitución.

Esta norma señala que los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios.

“Derivado de lo anterior, se considera de suma importancia exhortar a todos los actores religiosos, particularmente a las y los ministros de culto, a conducirse de tal manera que, en el actual periodo de campañas electorales, continúen contribuyendo a la edificación de una sociedad plenamente democrática y respetuosa de los preceptos constitucionales, en el marco de la laicidad del Estado mexicano.
“En suma, ser cuidadosos de no incurrir en propaganda o proselitismo político, sea en favor o en contra de candidatas, candidatos, ideologías partidistas o de partidos políticos”, indicó la dependencia.

Agregó que la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala, en su artículo 29, que las siguientes acciones constituyen infracciones por parte de los sujetos a que la misma se refiere:

Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos.
Convertir un acto religioso en reunión de carácter político.
El artículo 32 de la misma ley prevé sanciones a las que pueden hacerse acreedores quienes incumplan con las disposiciones de dicha ley.

Por lo anterior, reiteró el llamado a las y los ministros de culto de las diversas iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas de México para que, durante el actual proceso electoral que se realiza en el país, se conduzcan con estricto apego a la ley, eviten convertir un acto religioso en uno de carácter político y se abstengan de realizar proselitismo político.

Agencias