Rechazan ordenar a juez admitir amparos de los hermanos Zaga Tawil

Un tribunal colegiado rechazó ordenar a un juez federal que se pronuncie sobre las demandas de amparo promovidas por los hermanos Teófilo y Rafael Zaga Tawil, quienes buscan la protección contra una posible violación al proceso administrativo entablado en su contra.

Hace unos días, la Fiscalía General de la República judicializó una carpeta de investigación contra ambas personas por un presunto fraude fiscal por mil 82 millones de pesos.

Asimismo, la dependencia tiene en curso una indagatoria por un presunto fraude contra el Infonavit por más de 5 mil millones de pesos.

Teófilo y Rafael se ampararon porque la autoridad fiscalizadora les envió un oficio donde les informó la imposibilidad de continuar o concluir la visita domiciliaria que se estaba practicando, por lo que el caso continuará con el levantamiento de acta final en las oficinas de la autoridad, lugar a donde su defensa podrá acudir para conocer el estado de la visita domiciliaria.

Sin embargo, el juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, consideró que, por no ser un caso urgente (porque nos encontramos en una emergencia sanitaria generada por covid-19), deben esperar hasta que los juzgados reanuden actividades para determinar si son admitidas a trámite.

Por este motivo interpusieron recursos de queja, pero por mayoría de votos los magistrados del Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México los declararon infundados.

“En el presente asunto no se puede dar la connotación de urgente porque se trata de una persona que acude al amparo reclamando de una autoridad fiscalizadora el oficio por el cual le informa la imposibilidad de continuar o concluir la visita domiciliaria que se estaba practicando en el domicilio del contribuyente”, indica la resolución.

El magistrado José Eduardo Alvarado Ramírez, quien no estuvo de acuerdo con sus dos homólogos, manifestó a través de un voto particular que las quejas sí eran fundadas.

“Considero que la demanda de amparo de que se trata, sí cuenta con el carácter de urgente, pues tácitamente el quejoso alega una violación al debido proceso administrativo entablado en su contra, aunado a que tendría que acudir a las oficinas de la autoridad fiscal, lo que transgrede su derecho a la protección a su salud, en atención a que padece (los dos hermanos argumentaron lo mismo) de hipertensión con antecedentes coronarios por diagnóstico de mixoma de aurícula, por lo que forma parte del grupo de personas catalogadas como vulnerables ante la enfermedad covid-19”, señaló en su voto.

Lo anterior, agregó el magistrado, implica que están en juego derechos humanos relacionados con el debido proceso de fiscalización entablado en contra de los quejosos y su derecho a la protección de su salud.

Agencias