Ministro de la Corte busca quitar prisión preventiva oficiosa a delitos fiscales

El presidente Andrés Manuel López Obrador criticó la propuesta de un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de eliminar del catálogo de delitos que ameritan la medida cautelar de la prisión preventiva de oficio a los ilícitos fiscales.

¿Pero qué dice el proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar que se discutirá en el pleno del máximo tribunal del país el 22 de noviembre?

En el documento de 226 páginas, la ponencia de Aguilar Morales, quien fue presidente de la Corte, concluye que los «ilícitos fiscales no constituyen un atentado grave contra la seguridad de la Nación».

Se trata de los delitos de contrabando y defraudación fiscal, en ambos casos con sus equiparables, así como el de expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

En primer término, en su proyecto de sentencia, Aguilar Morales sostiene que no es constitucionalmente válida la inclusión de dichos ilícitos fiscales como parte del catálogo de delitos-fin de la delincuencia organizada.

«Es racionalmente inaceptable que todo incumplimiento de obligaciones fiscales constituye un ataque a la seguridad nacional (…) no existe razonabilidad alguna para afirmar que ‘por definición un tópico hacendario es de vital importancia para la seguridad nacional’”, enfatiza el documento.

Durante su argumentación, la ponencia de Aguilar Morales expone e interpreta distintas acepciones de seguridad nacional, la cual vulneran dichos delitos fiscales, según argumentó el Legislador para incluirlos en el catálogo que ameritan prisión preventiva de oficio.

«Ninguno de estos elementos hace referencia en estricto sentido a la recaudación de impuestos como materia de seguridad nacional; la lectura de estas normas como pautas de entendimiento debe hacerse desde una lectura limitada y en concordancia con la naturaleza de esta materia.

«De no hacerse a través de este método se correría el riesgo de incluir toda actividad pública como materia de seguridad nacional, lo cual es incongruente con los propios límites que de forma natural corresponden a esta asignatura», expone.

Agencias