Jueza rechaza solicitud de amparo de Toledo contra desafuero

La jueza Noveno de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Dinorah Hernández, rechazó “por notoriamente improcedente” una solicitud de amparo que presentó el diputado Mauricio Toledo, en contra de la decisión del Congreso de sesionar para retirarle el fuero.

El legislador del Partido del Trabajo (PT) es investigado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX), por su vinculación en los delitos de enriquecimiento ilícito y corrupción, durante su gestión como jefe delegacional en la, ahora, alcaldía Coyoacán.

A petición de la Fiscalía capitalina, la Cámara de Diputados realizará una sesión dentro de un periodo extraordinario, para realizar el Juicio de Procedencia, para retirar el fuero al legislador Toledo y así pueda ser presentado ante un juez.

El petista promovió un amparo, el pasado 6 de agosto, en el que planteó como actos reclamados la solicitud de declaración de procedencia, la violación a la garantía de audiencia y las consecuencias de un procedimiento instaurado en su contra.

En su resolución, la jueza Noveno de Distrito en Materia Administrativa, Hernández, planteó que el amparo es improcedente contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las legislaturas de los estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes.

«En declaraciones de procedencia, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente, es decir son impugnables”, señaló la jueza Hernández.

En relación con el procedimiento de la declaración de procedencia, previsto en el artículo 111 de la Constitución, que tiene por objeto remover a los servidores públicos la inmunidad procesal del fuero, la jueza indicó que su resolución es inatacable, en caso de resolver que queden a disposición de las autoridades.

«La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión tiene la facultad de decidir a efecto de proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieran incurrido en algún delito, por lo que sus determinaciones, de conformidad con el sexto párrafo del citado artículo, son inatacables”, explicó Hernández en su resolución para rechazar la solicitud de Amparo de Toledo.

Agencias