El Comisionado Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Adrián Alcalá dio los detalles de la investigación abierta de oficio por la institución tras la divulgación de datos personales de una periodista por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Además, respondió a los cuestionamientos contra el INAI por las irregularidades reportadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
Del primer tema, Alcalá destacó la importancia de proteger la privacidad de los ciudadanos, especialmente aquellos que ejercen el periodismo en un contexto cada vez más peligroso. El Comisionado Presidente subrayó que el INAI está facultado para iniciar investigaciones de oficio cuando la gravedad y la trascendencia del asunto lo ameritan, como es el caso de la divulgación de datos personales de una periodista.
La ley establece, explicó, que los datos personales no pueden ser divulgados sin el consentimiento expreso del titular, a menos que existan causas extraordinarias contempladas en la ley, como cuestiones de seguridad pública o de salud.
En este caso particular, el INAI determinará si se cometieron violaciones a los principios y deberes establecidos en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Alcalá destacó que las sanciones administrativas por violaciones a la ley pueden incluir desde amonestaciones privadas o públicas hasta multas económicas e inhabilitaciones, dependiendo de la gravedad de la infracción. Estas sanciones, una vez determinada la violación por el INAI, son responsabilidad del órgano interno de control. En cuanto a los plazos de la investigación, Alcalá explicó que la ley estableceun periodo de 50 días para iniciar la investigación y otros 50 días para la verificación de posibles violaciones.