Abren este lunes zoológicos y acuarios en CDMX

Apartir de este lunes 8 de marzo los zoológicos y acuarios de la Ciudad de México podrán abrir sus puertas nuevamente.

Así se dio a conocer en la Gaceta Oficial capitalina en donde se indica que estos lugares tendrán que mantener un aforo máximo del 20% de su capacidad, en un horario de 9:00 a 17:00 horas.

Para poder operar deberán de cumplir con todas las medidas específicas de protección a la salud para dichos sectores, disponibles para su consulta en el siguiente enlace electrónico:

https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/

En el documento además se indica que tienen que cumplir con las las siguientes medidas generales:

I. Uso obligatorio de cubrebocas durante toda la permanencia en las instalaciones;

II. Colocación de filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura al ingreso del personal y usuarios. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5º C;

III. Uso de ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 40% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. El sistema y los filtros deberán desinfectarse y limpiarse constantemente;

IV. Colocación de dispensadores de gel antibacterial con 70% del alcohol en la entrada y en espacios de uso común;

V. Habilitación de sentidos de circulación para la entrada y salida, así como señalamientos para el recorrido;

VI. Se prohíbe la entrega de trípticos, folletos o volantes impresos;

VII. Deberá garantizarse la sana distancia en filas al exterior y al interior de las instalaciones; y

VIII. Deberá fomentarse la compra de boletos por internet.

Será el Instituto de Verificación Administrativa, en coordinación con las demás autoridades competentes de la Ciudad de México, el que realizará las actividades de supervisión y vigilancia a las actividades que se encuentren operando, a efecto de comprobar el cumplimiento de las medidas sanitarias generales y específicas de protección a la salud establecidas para cada sector.

«En caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda», se lee en la Gaceta.

Agencias