¿Puedo perder la Pensión Bienestar si me incrementa la Pensión IMSS?

México.- De acuerdo al decreto que contiene la serie de reformas al sistema de pensiones mexicano y a otras leyes que da pie a la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, será a partir del próximo mes de julio de este 2024cuando los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) empiecen a recibir más dinero en su pensión en caso de cumplir con los requisitos necesarios.

Bajo este contexto, no son pocos los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que tienen dudas en relación al Fondo de Pensiones Bienestar y la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

En concreto, una de las dudas que tienen los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores tiene que ver con si, en caso de recibir más dinero en su pensión por el Fondo de Pensiones para el Bienestar, dejarán de recibir dinero de parte del programa social de la Secretaría de Bienestar.

Con todo, habrá que dejar en claro, de acuerdo a las reglas de operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, este programa social federal es universal, es decir, no se encuentra condicionado al nivel de ingresos de la persona de la tercera edad.

Por lo anterior, en caso de ser uno de los jubilados del IMSS o ISSSTE que reciban más dinero por el Fondo de Pensiones para el Bienestar, quienes sean beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores seguirán recibiendo los 6 mil pesos en su tarjeta del Banco del Bienestar.

En tanto, aquellas personas de 65 años que aún no sean beneficiarias de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores podrán solicitar a la Secretaría de Bienestar serlo cuando se abra la convocatoria.

¿Quiénes tendrán aumento en la pensión?

En tanto, de acuerdo al decreto publicado y firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, serán los trabajadores que cotizaron bajo la Ley del 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social y que tengan una pensión menor a los 16 mil 777 pesos mensuales los que se vean beneficiados con el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Por otro lado, según lo indicado en el decreto posteado el 30 de abril de este año, el Fondo de Pensiones para el Bienestar constituye un fideicomiso operado por el Banco de México (Banxico) en donde se dispondrán de los recursos derivados de las cuentas inactivas de las Afores de quienes hayan cumplido 70 años, en el caso del IMSS, y 75 años, en el caso del ISSSTE, sin reclamar el dinero.

 

Fuente Debate