Factureras pueden cubrir omisiones y evitar sanción

Aunque la advertencia del gobierno federal en el tema de las empresas factureras es que “van con todo en su contra”, el jurista Arnulfo Benítez de la Cruz, máster en derecho fiscal, afirma que aquellos que por alguna razón incurrieron en una situación de esa naturaleza, tienen un periodo de 90 días para acudir voluntariamente a corregirla, sin implicaciones legales.
Debido a la confusión y el temor que ha generado el asunto de la facturación ilícita para que empresas puedan omitir pago de impuestos, el abogado Benítez, que cursa un doctorado en derecho penal, explica que sí es un delito grave, especialmente porque es considerado como delincuencia organizada si se comprueba al menos la participación de tres personas en la simulación fiscal.

Corrupción
Este delito se da cuando una empresa por ejemplo, contrata los servicios de un arquitecto para remodelar un inmueble, concepto por el que paga 10 millones de pesos, pero donde el especialista en construcción sólo se gasta un millón al utilizar por ejemplo materiales de menor valía, sin importar que sean de ínfima calidad.
Para justificar ese gastp no realizado (nueve millones de pesos), compra una factura y la entrega a la empresa que la contrató.
Ahora, el contratista debe buscar una persona especialista en asuntos fiscales para hacer una triangulación de recursos, donde pueda justificar gastos a través de deducibles, donde pague lo menos posible de impuestos.

Es “normal”
Este tipo de casas son muy comunes con los programas de obra de los gobiernos, donde servidores públicos y constructores ávidos de riqueza, conspiran a través de la facturación “fantasma” para enriquecerse, al abultar los precios de la obras.
Pero la iniciativa privada también incurre en estas situaciones, que a partir de este año son consideradas un delito grave.
De acuerdo a los protocolos legales, cuando se detecta a una empresa contribuyente que ha utilizado facturación ilegal, se le hace un exhorto para que en los siguientes 90 días acuda por voluntad propia a justificar su caso y pagar los impuestos omitidos.
“Tu puedes argumentar que no lo hiciste con dolo, que se te vendió esa idea y la aprovechaste porque necesitabas conservar una empresa en decadencia, es algo común que se hace al momento de ofrecer una solución voluntaria”, dice el especialista.
Pero de no responder al exhorto del gobierno, pasa a la acción penal, donde la Secretaría de Hacienda en calidad de parte ofendida, solicita al juez, a través del fiscal, que se proceda por evasión fiscal, lavado de dinero, malversación de recursos, corrupción y otros.