Eduardo Medina Mora sí tendrá pensión vitalicia, pero escoltas no: Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que Eduardo Medina Mora recibirá una pensión de por vida, aunque aclaró que no le otorgarán vehículos blindados ni servicio de escoltas.

En una carta enviada a el área de Comunicación Social de la SCJN también negó que se le entreguen prestaciones de anteojos, prima vacacional y pago por riesgo.

«La Suprema Corte de Justicia de la Nación no otorga al C. Eduardo Medina Mora vehículos blindados para su transporte personal ni servicio de escoltas.

«Asimismo, tampoco se le otorgan las prestaciones de anteojos, prima vacacional y pago por riesgo», aseveró en la misiva firmada por César Castillejos Rangel, director general de Comunicación Social.

Sin embargo, en dicho texto no explica el motivo por el que Medina Mora recibirá una pensión de por vida, pero no las otras prestaciones como sí le corresponden y entregan a un ministro en retiro.

En la carta, el área de Comunicación Social de la Corte ya no se refiere a Medina Mora como ministro, pero la respuesta a la solicitud de información sobre el caso, remite al artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, referente al haber de retiro de un ministro, para explicar el caso de Medina Mora, quien renunció al cargo en octubre pasado, en medio de una investigación por «sospechosas» transferencias millonarias hechas a Reino Unido.

En el oficio DGRH/SGADP/DRL/966/2019, la Dirección General de Recursos Humanos de la Corte cita el artículo y subrayan el segundo párrafo.

«Al retirarse del cargo, los ministros tendrán derecho a un haber de retiro de carácter vitalicio, el cual será equivalente al cien por ciento durante los dos primeros años y al ochenta por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a los ministros en activo.

«Cuando los ministros se retiren sin haber cumplido quince años en el ejercicio del cargo, tendrán derecho a la remuneración a que se refiere el párrafo anterior de manera proporcional al tiempo de su desempeño».

Enseguida, detalla la proporcionalidad que le correspondería a Medina Mora en su haber de retiro.

«Bajo dicho precepto, el entonces Ministro cuya información se solicita, fue designado por el Senado de la República el 10 de marzo de 2015; acumuló una antigüedad en el puesto de cuatro años, seis meses y 29 días al 8 de octubre de 2019, lo que representa un 30.54 por ciento del tiempo constitucional de 15 años».

En cuanto a las prestaciones que se preguntaron le corresponderían a Medina Mora, dicha área de la Corte remitió al «Manual que Regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación del ejercicio 2019», el cual detalla, entre otras, el apoyo de anteojos, seguro gastos médicos mayores, seguro de separación individualizado, aguinaldo, prima vacacional, entre una decena más.

Agencias