Corte rechaza recurso de ex suegros de Javier Duarte por ‘congelamiento’ de cuentas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundado el recurso de inconformidad que presentaron los ex suegros de Javier Duarte, ex gobernador de Veracruz, contra el aseguramiento de sus cuentas bancarias por parte de la Fiscalía General de la República (FGR).

Por unanimidad, el pleno del alto tribunal constitucional aprobó el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, por lo que los padres de Karime Macías no podrán disponer de los recursos intervenidos por el Ministerio Público de la Federación desde el 14 de octubre de 2016.

La determinación representa un revés jurídico para Virginia Yazmín Tubilla y Jesús Antonio Macías, quienes pretendían que la SCJN reabriera el caso de los amparos que promovieron en tres ocasiones contra el “congelamiento” de sus cuentas, operaciones y títulos de crédito.

En su demanda, expusieron que en junio de 2018 la Corte publicó la sentencia de dos acciones que declararon inconstitucional el artículo 242 de Código Nacional de Procedimientos Penales, con el cual la FGR fundamentó el aseguramiento.

Sin embargo, Laynez Potisek señaló ue desde el primero de los tres amparos, el juez de distrito indicó que nunca probaron que efectivamente se les haya aplicado dicho artículo.

Además de que los quejosos nunca apelaron esta decisión, por lo que el caso es cosa juzgada y no puede ser reabierto por el alto tribunal.

“El juez de distrito sí emitió un pronunciamiento de fondo desde la primera denuncia porque la declaró infundada, y después con base exactamente en los mismos hechos o contra el mismo oficio de aseguramiento, se presentan la segunda y tercera denuncias, por lo tanto, se considera que la decisión del juez de distrito desde la primera denuncia quedó firme, adquirió la calidad de cosa juzgada y, por lo tanto, en el punto resolutivo se propone que es infundado este recurso de inconformidad”, puntualizó.

La ministra Norma Piña comentó que no hay antecedentes de que la autoridad haya aplicado dicha norma después de que fue declarada inconstitucional en perjuicio de los ex suegros de Duarte.

“Se advierte que no hay elementos que demuestren que la norma en cuestión se aplicó en perjuicio del denunciante con posterioridad a la entrada en vigor de la declaratoria de inconstitucionalidad; así es, de los antecedentes que narró se desprende, que el Ministerio Público aplicó la norma en cuestión antes de que se declarara inconstitucional como ya pasó en 2016”.

Como parte de las investigaciones por presuntos actos de corrupción contra Duarte que iniciaron durante el sexenio pasado, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) aseguró en 2016 tres cuentas del Banco del Bajío a nombre de Yazmín Tubilla.

Agencias