TEPJF confirma reducción de tiempo fiscales para partidos políticos durante pandemia

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la reducción de los tiempos fiscales a las televisoras y radiodifusoras del país que el presidente Andrés Manuel López Obrador había decretado en el Diario Oficial de la Federación.

Por mayoría de cinco votos, los magistrados desecharon la demanda interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano en contra del decreto presidencial reducir la carga regulatoria y fiscal que el Estado ha impuesto a los concesionarios de radio y televisión.

De acuerdo con el proyecto que presentó el magistrado José Luis Vargas Valdés, el cual fue aprobado por la mayoría, el Presidente tiene facultad tributaria para tomar esta decisión y excede el ámbito electoral que compete al órgano jurisdiccional.

No obstante, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón consideró que en un análisis si se puede analizar un eventual efecto negativo a los partidos políticos de reducirles los espacios de comunicación que acompañan todos los procesos democráticos.

“La consecuencia (del decreto) es que se está limitando la puerta a realizar un análisis cuando hay una acto de aplicación que puede ser revisado, por lo que aunque consideró que las impugnaciones deben ser desechadas por ser impugnaciones en abstracto, no se puede determinar que no corresponde a la materia electoral”, dijo.

La magistral Janine Otálora Malassis incluso consideró que es necesario analizar si este decreto no viola el modelo de comunicación política vigente, aunque consideró que debe aplicarse el decreto para que una demanda pueda proceder.

Por su parte, el magistrado José Luis Vargas Valdés consideró que hablar de una eventual afectación es bastante prematuro para poder abordar el tema, por lo que en este momento no hay forma de saber ni a quien ni en qué proporción.

“Al ser competencia exclusiva de la Suprema Corte y al no haber un acto directo de aplicación lo declaramos improcedentes sin que ello no implique que no se pueda pronunciarse el Tribunal a partir de un hecho concreto que realmente cause perjuicio ya sea a la autoridad o a los partidos”, dijo.

Agencias