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Ebrios al volante no podrán ejercer la nueva “Ley Grúa”
Por razones de seguridad no aplicará a conductores ebrios la reforma a la Ley de Tránsito en el Estado, específicamente en la disposición de no remolcar vehículos cuando el chofer o el propietario estén presentes.
Así lo explica el secretario de Seguridad Pública, Eduardo Jeu Capistrán, ya que en los operativos anti-alcohol en las calles no se brinda esa garantía a aquellos que son sorprendidos con altos niveles en la sangre.
La modificación a las normas de Tránsito y vialidad, también llamada coloquialmente Ley Grúa, establece que no se permitirá a los agentes recoger con la citada unidad vehículos mal estacionados o por otras infracciones.
Y es que algunos elementos de la corporación utilizaban la facultad de ordenar el arrastre con la grúa como medio de presión para obligar al automovilista a no cuestionarle supuestas infracciones que le pretendía aplicar, o en su caso, motivarlo a resolverlo mediante una propina.
Esto deja entrever que ya no serán tan tolerantes con los infractores que registren el mínimo nivel de alcohol al conducir durante las revisiones sorpresivas que se hacen en cruceros y avenidas principales.
El propósito es evitar que lleguen a provocar algún accidente por andar tomados al volante, pues lamentablemente algunas personas consideran como un buen entretenimiento salir de paseo sin un rumbo fijo, tomando cerveza u otros productos con alto contenido de alcohol mientras conducen.
El Bravo Digital