Sin sustento pruebas en contra del esposo de española asesinada en Tamaulipas

Ciudad Victoria, 30/04/18.- Las pruebas que ofrece la Fiscalía en contra de Jorge ‘N’, por el delito de feminicidio en contra de su esposa María del Pilar Garrido Santamans no están bien sustentadas, aseguró hoy en Ciudad Victoria el abogado defensor Martín Lozano Mendoza.

El litigante adelantó que en la audiencia de este lunes el juez Carlos Adrián Villalobos González, valoraría las pruebas presentadas en contra de su cliente y después determinaría si serán utilizadas o no en este juicio.

Sin embargo, al ser cuestionado sobre la posibilidad de que en un momento determinado el juez pudiera desechar las pruebas que presente la Fiscalía y anular el juicio, el abogado manifestó que en el país esa figura no existe.

“De acuerdo a la naturaleza del sistema penal mexicano no estamos ante autoridades que analicen de fondo la acusación que ameriten un desechamiento de la misma como en otros países, en Europa, en Alemania, en Italia, particularmente llevan otro sistema en cuanto al análisis, en cuanto al análisis positivo o negativo de la acusación”, expuso.

En ese sentido, destacó que en México hay una posición ecléptica, es decir que no analizan la contundencia de la situación, sino una depuración de los hechos y verificar que las pruebas sean obtenidas legalmente o lícitamente “pero ante la ausencia de pruebas, solamente que hubiera una causa de sobreseimiento de extinción de la responsabilidad penal, pudiéramos anular el caso en este momento”.

Lozano Mendoza detalló que la de este lunes fue una audiencia en la etapa intermedia fase oral, que también se identifica como audiencia de preparación del juicio, y es en este momento cuando deberán establecer los hechos de una manera muy precisa sobre las acusaciones del Ministerio Público.

Agregó que en esta audiencia se vería qué pruebas fueron legalmente obtenidas, “van a ser ofrecidas, y en su caso admitidas o excluidas para ambas partes, pueden ser que existan pruebas que no reúnen los requisitos de ley, pueden ser pruebas que se hayan obtenido de manera ilícita”.

Agregó, “es decir vulnerado principios fundamentales de las partes, puede ser de la víctima u ofendidos o directamente de quien se está acusando, eso no lo permite la ley y en el trabajo que vamos a hacer en este sentido simplemente que se respeten los derechos de las partes, de la víctimas, de los ofendidos y por supuesto del acusado”.

El abogado defensor informó que la audiencia debería finalizar este mismo lunes y una vez que concluya la misma se emite lo que la ley denomina un Auto Apertura a Juicio Oral, donde se establece de una manera muy concreta sin variaciones en los hechos en que consiste la acusación.

“Qué tipo de delito y que tipo de pruebas se admitieron y se fija el Tribunal competente de enjuiciamiento que conocerá del juicio y a fecha en un momento se va a establecer por el Tribunal de enjuiciamiento que no puede ser antes de 30 días, ni más de 60 días”, añadió.

Agencias