Corte frena destitución de Cuauhtémoc Blanco

Ciudad de México, 15/01/18.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió una nueva suspensión a Cuauhtémoc Blanco Bravo, que evita que el presidente municipal de Cuernavaca, así como los integrantes de su cabildo sean destituidos por desacato e inhabilitados por seis años para ejercer cualquier cargo público.

La decisión de la Corte derivó porque admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el municipio de Cuernavaca en contra del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Morelos, y otras autoridades de esa entidad, por la declaración que faculta al tribunal para destituir a los integrantes del ayuntamiento.

La suspensión solicitada impide que se ejecute la resolución impugnada en la demanda hasta que se resuelva el fondo del asunto, mismo que fue turnado al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

La controversia fue presentada por el municipio de Cuernavaca en contra del Tribunal de Justicia Administrativa y los podres Legislativo y Ejecutivo de esa entidad, para demandar la invalidez del decreto número 2193, publicado en el Periódico Oficial ‘Tierra y Libertad’ número 5514 de fecha 19 de julio de 2017.

El citado decreto invoca el artículo 91 de la Ley de Justicia Administrativa de Morelos, relativa a la declaración del magistrado instructor de determinar el desacato de una autoridad para cumplir una determinación del Tribunal de Justicia Administrativa de Morelos, y facultándolo para emitir la destitución e inhabilitación por seis años para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión dentro del servicio público estatal o municipal.

El escrito de demanda argumenta que tal declaración es incongruente en una interpretación de la propia norma administrativa en su artículo 11, fracción V, además de ser contraria a los preceptos constitucionales de integración y autonomía municipal salvaguardados por el artículo 115 constitucional.

En el acuerdo de admisión, el ministro instructor resolvió que se tiene como demandados en este procedimiento constitucional a los poderes Legislativo y Ejecutivo, al Tribunal de Justicia Administrativa, así como al secretario de Gobierno, todos de Morelos.

El ministro acordó también emplazar a las autoridades demandadas para que contesten dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación, y las requirió para que junto con sus informes envíen al Alto Tribunal las pruebas relacionadas con el caso, bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.

Agencias